Decreto sobre medidas extraordinarias a adoptar en Castilla-La Mancha con motivo del coronavirus. Publicación del 13 de marzo 2020.
Para mayor comodidad en la lectura, copiamos el texto de las medidas de contención con carácter extraordinario:
- Suspensión de la actividad docente presencial en todos los niveles educativos en todos los centros educativos públicos, concertados y privados, que impartan las enseñanzas contempladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como las actividades complementarias extracurriculares, deportivas y culturales.
- Suspensión de la actividad presencial de usuarios y público en todos los albergues, museos, parques arqueológicos, archivos, bibliotecas y bibliotecas móviles.
- Suspensión de toda la formación profesional para el empleo en su modalidad presencial.
- Suspensión de las sesiones presenciales de la modalidad de teleformación.
- Suspensión de la actividad formativa presencial inherente a los contratos de formación y aprendizaje.
- Posposición de la actividad formativa en los programas mixtos de formación y empleo, con contrato de trabajo vigente, continuando la vigencia de la actividad laboral.
- Cierre de todos los Centros de Mayores (de ocio y hogares de jubilados), Centros de Día, Servicios de Promoción de la Autonomía Personal y de análoga naturaleza de Castilla-La Mancha.
- Cierre de Centros Ocupacionales, de Capacitación y de Atención Temprana a personas con discapacidad.
- Restricción absoluta de las visitas, salvo las que resulten imprescindibles, en todos los Recursos Residenciales de Personas Mayores y de Discapacidad.
- Suspensión de todas las actividades grupales dentro del ámbito de la Consejería de Bienestar Social.
- Suspensión de eventos culturales o deportivos que se fueran a celebrar bajo cubierto.
- Limitación del aforo de gimnasios e instalaciones deportivas cubiertas a un tercio de su capacidad máxima autorizada. En el supuesto de que estas instalaciones sean de titularidad pública, la Administración titular podrá decretar su cierre.
- Suspensión de actos, eventos o celebraciones que puedan suponer concentración de personas, que pertenezcan a colectivos especialmente vulnerables frente a la infección del Coronavirus SARS-CoV-2.